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Listado de países con condiciones para extranjeros ingresar a la República Dominicana con fines turísticos

Conforme a la Ley No. 875 sobre Visados, los extranjeros que viajen a la Republica Dominicana deberán estar en posesión del visado en su documento de viaje, otorgado en uno de nuestros Consulados, con excepción de los nacionales de países con los cuales la República Dominicana haya suscrito acuerdos sobre dispensa de visado y de los nacionales de países autorizados a viajar al país provistos de una tarjeta de turista, siempre que la razón de su visita sea con fines turísticos.

Definición:La TARJETA de TURISTA,es un impuesto que cobra la República Dominicana a los que visitan su territorio, desde el 25 de abril de 2018, la Tarjeta de Turista se incluye en todos los boletos aéreos emitidos fuera de República Dominicana.
Para los visitantes que ingresen al país por vía terrestre o marítima, las Tarjetas de Turista pueden adquirirse en los puntos de venta de la Dirección General de Impuestos Internos en dichas localidades a un valor de US$10.00. De igual forma, en estos puntos se brinda la facilidad de realizar el pago de la Tarjeta de Turista en euros a los pasajeros que no dispongan de dólares estadounidenses. Para estos casos, el costo de la tarjeta es de €10,00.
La Tarjeta de Turista permite permanecer en el país por un período de 30 días, a partir de este tiempo el turista puede extender su estadía pagando una tarifa que está sujeta a la cantidad de tiempo que decida durar en el país. De necesitar información al respecto, contacte alMinisterio de Migración.

A. Países autorizados a INGRESAR SIN VISA NI TARJETA DE TURISTA a la República Dominicana con pasaporte ordinario, mediante acuerdo recíproco y/o disposición del Poder Ejecutivo

1. Argentina Acuerdo recíproco de fecha 17 octubre 1992
2. Chile Acuerdo recíproco de fecha 1 Diciembre 1995
3. Colombia Decreto 92-15 de fecha 22 de abril de 2015 del Poder Ejecutivo
4. Corea del Sur Acuerdo recíproco de fecha 2 febrero 1982
5. Ecuador Acuerdo recíproco de fecha 9 agosto 1967
6. Israel Acuerdo recíproco de fecha 2 de mayo de 1968
7. Japón Acuerdo recíproco de fecha 9 agosto 1967
8. Perú Acuerdo recíproco de fecha 22 octubre 1991
9. Uruguay Acuerdo recíproco de fecha 21 Agosto 2001

B. Países autorizados a ingresar SIN VISA NI TARJETA DE TURISTA a la República Dominicana, mediante acuerdo recíproco portando pasaporte diplomático, oficial o de servicio

1. Argentina Acuerdo recíproco de fecha 17 octubre 1992
2. Belice Acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997
3. Brasil Acuerdo recíproco de fecha 17 nov. 2003
4. Chile Acuerdo recíproco de fecha 1 diciembre 1995
5. Cuba Acuerdo recíproco de fecha 22 de julio de 2010
6. China, Taiwán Acuerdo recíproco de fecha diciembre 2002
7. Costa Rica Acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997
8. Corea del Sur Acuerdo recíproco de fecha 2 febrero 1982
9. Colombia Acuerdo recíproco de fecha 10 septiembre 1962
10. Ecuador Acuerdo recíproco de fecha 9 agosto 1967
11. El Salvador Acuerdo recíproco de fecha 4 noviembre 1997
12. Guatemala Acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997
13. Honduras Acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997
14. Israel Acuerdo recíproco de fecha 2 de mayo de 1968
15. Japón Acuerdo recíproco de fecha 20 marzo 1957
16. México Acuerdo recíproco de fecha 18 de agosto de 1997
17. Marruecos Acuerdo recíproco de fecha 23 de mayo 2002
18. Nicaragua Acuerdo recíproco de fecha 6 noviembre 1997
19. Paraguay Acuerdo recíproco de fecha 18 abril 2009
20. Panamá Acuerdo recíproco de fecha 25 noviembre 1997
21. Perú Acuerdo recíproco de fecha 22 octubre 1991
22. Rusia Acuerdo recíproco de fecha 01 abril 2010
23. Suiza Acuerdo recíproco de fecha 14 de enero de 2016
24. Ucrania Acuerdo recíproco de fecha 25 septiembre 2002
25. Uruguay Acuerdo recíproco de fecha 21 Agosto 2001
26. Vietnam Acuerdo recíproco de fecha 30 de agosto 2007


C. Países autorizados a ingresar con TARJETA DE TURISTA en PASAPORTES ORDINARIOSY PASAPORTES DE CATEGORÍA¹ a la República Dominicana, excepto los países que están autorizados a ingresar mediante acuerdos de reciprocidad²

1. Acrotiri y Dhekelia
2. Alemania
3. Andorra
4. Antigua y Barbuda
5. Aruba
6. Australia
7. Austria
8. Las Bahamas
9. Bahrein
10. Barbados
11. Bélgica
12. Belice
13. Bermudas
14. Bolivia
15. Botswana
16. Bonaire
17. Brasil
18. Brunei
19. Bulgaria
20. Canadá
21. Chipre
22. Ciudad del Vaticano
23. Costa Rica
24. Croacia
25. Curazao
26. Dominica
27. El Salvador
28. Emiratos Árabes Unidos
29. Escocia
30. Eslovaquia
31. Eslovenia
32. Estonia
33. España
34. Estados Unidos de Norte América
35. Fiji
36. Finlandia
37. Francia
38. Granada
39. Gibraltar
40. Grecia
41. Groenlandia
42. Guadalupe
43. Guam
44. Guatemala
45. Guyana Inglesa
46. Guyana Francesa
47. Hawaii
48. Hong Kong
49. Honduras
50. Hungría
51. Irlanda
52. Irlanda del Norte
53. Isla Cocos
54. Isla de Navidad
55. Islandia
56. Islas Caimán
57. Islas Cook
58. Islas Feroe
59. Isla Jost Van Dyke (Islas Vírgenes Británicas)
60. Islas Malvinas
61. Islas Marianas del Norte
62. Islas Marshall
63. Isla de la Reunión
64. Islas Salomón
65. Islas Sándwich
66. Isla de San Vicente y las Granadinas
67. Isla Santa Lucía
68. Isla San Eustaquio
69. Isla San Martin
70. Islas San Cristobal Nieves
71. Isla Santa Elena
72. Isla de Saba
73. Isla de Montserrat
74. Isla de Anguila
75. Isla Anegada (Islas Vírgenes Británicas)
76. Islas Turcas y Caicos
77. Isla Virgen Gorda (Islas Vírgenes Británicas)
78. Islas Wallis y Futuna
79. Isla Tórtola (Islas Vírgenes Británicas)
80. Islas Tokelau
81. Italia
82. Jamaica
83. Isla Jan Mayen
84. Kazajstán
85. Kiribati
86. Kuwait
87. Letonia
88. Liechtenstein
89. Lituania
90. Luxemburgo
91. Macedonia
92. Macao (Válido para los pasaportes especiales de la Región Administrativa Especial de Macao de la República Popular China)
93. Malasia
94. Malta
95. Martinica
96. Mauricio
97. Mayotte
98. Estados federados de Micronesia
99. México
100. Mónaco
101. Namibia
102. Nauru
103. Nicaragua
104. Nueva Caledonia
105. Nueva Zelanda
106. Gales
107. Panamá
108. Paraguay
109. Papua Nueva Guinea
110. Polinesia Francesa
111. Polonia
112. Portugal
113. Puerto Rico
114. Qatar
115. Reino de los Países Bajos (Holanda)
116. República Checa
117. Reino de Dinamarca
118. Reino de Noruega 119. Rumania
120. Rusia
121. Samoa Americana
122. San Marino
123. Serbia
124. Seychelles
125. Singapur
126. St. John
127. St. Croix
128. St. Thomas
129. República de Sudáfrica
130. Suecia
131. Suiza
132. Suriname
133. Svalbard
134. Tailandia
135. China, Taiwán
136. Tonga
137. Trinidad y Tobago
138. Turquía
139. Tuvalu
140. Ucrania
141. Vanuatu

¹Se entiende por pasaportes de categoría los diplomáticos, oficiales, especiales y de servicio. ²Se entiende por Acuerdos de Reciprocidad aquellos acuerdos de exención de visado de turismo que se suscriben entre ambos países.

D. Países autorizados a INGRESAR CON VISA en PASAPORTES ORDINARIOS Y PASAPORTES DE CATEGORÍA³ excepto los países que están autorizados a ingresar mediante el Decreto 691-07⁴ de fecha 18 de diciembre de 2007 o por acuerdos de reciprocidad⁵

1. Afganistán
2. Albania
3. Angola
4. Arabia Saudita
5. Argelia
6. Armenia
7. Azerbaiyán
8. Bangladesh
9. Benín
10. Bielorrusia
11. Bosnia y Herzegovina 12. Burkina Faso
13. Burundi
14. Bután
15. Cabo Verde
16. Camboya
17. Camerún
18. Chad
19. República Popular China
20. Comores
21. República del Congo
22. República Democrática del Congo
23. Congo República Democrática
24. Corea del Norte
25. Costa de Marfi
26. Cuba
27. Djibouti
28. Egipto
29. Eritrea
30. Etiopia
31. Filipinas
32. Gabón
33. Gambia
34. Georgia
35. Ghana
36. Guinea
37. Guinea Ecuatorial
38. Guinea-Bissau
39. Haití
40. India
41. Indonesia
42. Irak
43. Irán
44. Jordania
45. Kenia
46. Kirguizistán
47. Kosovo (Serbia)
48. Laos
49. Lesotho
50. Líbano
51. Liberia
52. Libia
53. Madagascar
54. Malaui
55. Maldivas
56. Malí
57. Marruecos
58. Mauritania
59. Moldavia
60. Mongolia
61. Montenegro
62. Mozambique
63. Birmania o Myanmar
64. Nagorno Karabaj
65. Nepal
66. Níger
67. Nigeria
68. Niue
69. Norfolk
70. Omán
71. Pakistán
72. Isla Palaos
73. Isla Pitcairn
74. Palestina
75. República Centroafricana
76. Ruanda
77. Sahara Occidental
78. Estado Independiente de Samoa
79. Santo Tomé y Príncipe
80. San Pedro y Miquelón
81. Senegal
82. Sierra Leona
83. Siria
84. Somalia
85. Somalilandia
86. Sri Lanka
87. Suazilandia
88. Sudán
89. Tanzania
90. Tayikistán
91. Uganda
92. Timor Oriental del Este
93. Togo
94. Transnistria
95. Túnez
96. Turkmenistán
97. Uzbekistán
98. Vietnam
99. Yemen
100. Zambia
101. Zimbabwe
102. Venezuela

³Se entiende por categoría los pasaportes diplomáticos, oficiales y de servicio. ⁴Ver contenido del Decreto 691-07 en las reglas generales. ⁵Acuerdos de exención de visado de turismo que se suscriben entre ambos países.

Reglas Generales

1. El decreto 691-07 de fecha 18 de diciembre de 2007, establece que todos los nacionales de países en capacidad de ingresar legalmente a la Unión Europea, a los Estados Unidos de América, a Canadá y a Gran Bretaña, pueden entrar igualmente a territorio de la República Dominicana sólo con la presentación de la Tarjeta de Turismo para fines turísticos exclusivamente.

2. Todos los extranjeros que ingresan a la República Dominicana, sea con visa o tarjeta de turismo, deberán estar provistos de su pasaporte válido, con vigencia mínima y mantener su vigencia durante la permanencia y salida del territorio dominicano.

3. La Resolución No. 01-08, de fecha 7 de febrero del 2008 del Ministerio de Relaciones Exteriores, MIREX, establece que todos los extranjeros que deseen ingresar a la República Dominicana para asuntos de negocios, deberán aplicar a visa de negocios, simple o múltiple, en las misiones consulares de la República Dominicana en el exterior, no obstante estar incluidos en la lista de países que pueden ingresar con tarjeta de turismo, ya que esta última sólo puede utilizarse para fines turísticos exclusivamente. Las visas de negocios serán otorgadas por los Consulados dominicanos.

4. Las solicitudes de visas, serán recibidas y autorizadas exclusivamente por la Cancillería, bajo los mecanismos, restricciones y procedimientos vigentes establecidos por el Viceministerio para Asuntos Consulares y Migratorios.

5. En caso de que una persona necesite visa y no exista un consulado dominicano en su país de residencia, deberá dirigirse a la misión consular dominicana del país más próximo.

6. En caso de que una persona quiera extender su visita mientras está en la República Dominicana, podrá pasar por las oficinas de la Dirección General de Migración y solicitar su prórroga, aplicable para una vez.


Sujeto a alteraciones. Embajada de la República Dominicana en Portugal